PLAZA BOLIVAR DE BARINAS

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ESTATUA PEDESTRE DEL LIBERTADOR PLAZA BOLIVAR DE BARINAS

martes, 14 de enero de 2014

EL CRONISTA

EL CRONISTA: UN ENTE AUTÓNOMO, ACTUANTE Y PENSANTE


       
La ordenanza sobre defensa y conservación del patrimonio histórico del municipio Barinas, fechada en esta ciudad el 12 de noviembre de 1996, tiene por objeto, normar y regular todo lo relacionado con la defensa, preservación fomento y conservación del patrimonio y acervo histórico, artístico, y cultural en todas sus manifestaciones, en el ámbito del municipio Barinas.
La  cámara edilicia en la sesión ordinaria celebrada el día 04 de Junio de 2002, desempolvó dicha ordenanza, nombrando al jurado calificador para la escogencia del cronista oficial del municipio Barinas, mediante Resolución N° 301 del 07 de junio del presente año. El ciudadano Alcalde del municipio capital licenciado Julio César Reyes, debidamente autorizado por la Cámara Municipal con base en la referida Ordenanza resuelve convocar a todos los ciudadanos en pleno goce de sus derechos civiles y políticos, de reconocida solvencia moral y con al menos diez ( 10 ) años de residencia en el municipio, para que se postulen o sean postulados al cargo de cronista del municipio Barinas.
En tal sentido quien suscribe fue seleccionado cronista del municipio Barinas por decisión unánime del jurado calificador conformado por los ciudadanos: Doctor José  León Tapia, Licenciada Yarisma Unda y el Escritor Wilfredo Bolívar, Presidente de la Asociación de Cronistas de Venezuela.
El Concejo del  Municipio Barinas, nombra Cronista Oficial del municipio a quien escribe, mediante Acuerdo número 61, de fecha 28 de junio de 2002, publicado en número extraordinario de la Gaceta Municipal.
El día 30  de  junio   en  acto  público  realizado  en  el   Teatro “ Orlando Araujo ” se hizo entrega del respectivo nombramiento. Desde entonces, consciente de lo que significa un cronista para la vida de un pueblo.
 El cronista,  “es un ente autónomo, investigador, pensante y actuante, orientador de las aspiraciones colectivas, alternativas y transformadoras” de una comunidad, es la guardián de las memorias de un pueblo, por consiguiente nos corresponde cumplir las siguientes funciones: Asesorar a la Cámara Municipal, en las materias o asuntos de nuestra competencia, propiciar la creación del museo histórico municipal, el Archivo histórico del municipio, la hemeroteca y Biblioteca municipal, planificar, organizar, elaborar los manuales de procedimientos e instructivos que propenden al mejor funcionamiento de la Oficina de Conservación del Patrimonio Histórico y Documental del Municipio Barinas, restringir el uso de determinados documentos cuando se encuentren en proceso de investigación o su uso continúo e indiscriminado pueda causar el deterioro irreversible del mismo, notificar, proponer y colaborar con el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural previsto en la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural, sobre la afectación de todos aquellos bienes muebles e inmuebles, obras artísticas y culturales, documentos de valor históricos, objeto de protección y conservación por parte del municipio Barinas, representar al municipio, en las convenciones de cronista oficiales de ciudades de Venezuela; así como en aquellos eventos para los cuales el Concejo Municipal me asigne su representación, sin desmedro de la representación que de acuerdo a la Ley deben ejercer otros órganos del Gobierno Municipal, elaborar los programas de rescate y conservación del patrimonio histórico del municipio, así como los programas de trabajo que la oficina a mi cargo deba cumplir, en ejercicio de las funciones y atribuciones que me competen, informar al Concejo Municipal trimestralmente o cuando así este los requiera, sobre las materias relacionadas con mi oficina, realizar todas aquellas actividades que se requieran para el rescate, defensa custodia y conservación del Patrimonio y Acervo Histórico del Municipio Barinas, estando entre estas investigar, seleccionar, rescatar, fichar, transcribir del antiguo castellano aquellos documentos que así lo ameriten, microfilmar, procesar datos, archivar, preservar, divulgar y publicar los documentos a que haya lugar, preparar documentales exhibir obras, monumentos y objetos que conformen el patrimonio histórico, así como cumplir las gestiones tendentes a su incorporación al Museo Histórico Municipal, efectuar investigaciones en aquellos archivos que estimemos convenientes a objetos de reunir datos inéditos sobre la historia y tradiciones del municipio, oriental la acción municipal en cuanto a la preservación de los valores típicos y al fomento del folklore local, en ejercicios de mis funciones propias a mi cargo, podré solicitar  colaboración a los concejales y demás funcionarios   al servicio del municipio, así como en aquellas instituciones  públicas o privadas, que se estime conveniente, a objeto de cumplir con los planes, programas y objetivos propuestos; cualquiera otras funciones y atribuciones que me asignen las Ordenanzas Municipales u otros dispositivos legales, así como aquellas que me encomiende conforme  a la Ley el Concejo Municipal.
         El cronista como ente autónomo, actuante y pensante, adscrito al Concejo Municipal tendrá carácter permanente y sólo podrá ser removido previa elaboración del respectivo expediente, por causa grave y con audiencia del interesado con el voto de las dos terceras ( 2/3 ) partes de los concejales.
El cronista debe actuar en defensa de los intereses patrimoniales de su municipio, no es una pluma tarifada es un libre pensador, muchas veces debe enfrentar las barbaridades que pretenden cometer algunos mandatarios o funcionarios de gobierno contra el patrimonio y acervo cultural, debe propiciar programas educativos y formativos para su comunidad.
El cronista debe pensar y actuar contundentemente y sin rodeo, porque tiene bajo su responsabilidad una delicada misión, no debe ser simplemente un contemplador nostálgico de los sucesos de su pueblo, su pensamiento y actuación deben dignificar tan alta misión.


Consciente de tal responsabilidad, como joven barinés siempre comprometido en la lucha de defender y divulgar los valores culturales de mi tierra, he asumido tan alto compromiso; dejemos que la historia me juzgue.










REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ESTADO BARINAS
MUNICIPIO BARINAS
CONCEJO MUNICIPAL

 








BARINAS

GACETA    MUNICIPAL
NUMERO EXTRAORDINARIO
        ACUERDO Nº 61

AÑO MMI    Nº 96                BARINAS, 28 de junio de 2002.

                                      DEPOSITO LEGAL Nº. PP: 76-1748.

ACUERDO Nº  61
        El Concejo del Municipio Barinas, en uso de las facultades legales que le confiere el artículo 76, 0rdinal 3 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, en concordancia con el artículo 15 de la Ordenanza sobre Defensa y Conservación del Patrimonio Histórico del Municipio Barinas.

CONSIDERANDO

         Que en Sesión Ordinaria de la Cámara Municipal celebrada el día 04-06-2002, se nombró Jurado Calificador para la escogencia del Cronista Oficial del Municipio Barinas.

CONSIDERANDO

         Que el Jurado Calificador integrado por los ciudadanos: DR. JOSÉ LEÓN TAPIA, LIC. YARISMA UNDA Y WILFREDO BOLÍVAR, emitieron veredicto por decisión unánime, seleccionando al ciudadano JOSÉ ALBERTO PÉREZ LARRARTE, para ser el CRONISTA DEL MUNICIPIO BARINAS.
ACUERDA

ARTICULO PRIMERO: Se nombra Cronista del Municipio Barinas, al ciudadano JOSÉ ALBERTO PÉREZ LARRARTE, venezolano, casado, natural de Barinas, titular de la Cédula de identidad personal Nº 8.146.806, de profesión Educador y ocupación Escritor, Investigador, Promotor Cultural de Historia Regional.
ARTICULO SEGUNDO: Hágase del conocimiento de tal designación al ciudadano JOSÉ ALBERTO PÉREZ LARRARTE.
ARTICULO TERCERO: Comuníquese a los Órganos  competentes para los fines de Ley.
ARTICULO CUARTO: Publíquese en Gaceta Extraordinaria Municipal.
         Dado, firmado, sellado y refrendado en el Salón de Sesiones del Concejo del Municipio Barinas, a los veintiocho días del mes de junio del dos mil dos.-
         190 años de la Independencia y 143 de la Federación.

COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE


         LIC. JULIO CESAR REYES
                   PRESIDENTE

            REFRENDADO

                                               ABOGº   JENMARY HERRERA GARCÍA





                                   SEC.  DEL CONCEJO DEL MUNICIPIO BARINAS
  





                                  
          
                 Alberto Pérez Larrarte
Cronista Oficial Del Municipio Barinas



















                                    
                          

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